¿Cuáles son los fundamentos de una orden de restricción?

Solicitar una orden de restricción.

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Una orden de restricción se otorga con el objetivo de proteger a una víctima de un abusador, atacante o acechador que la ha lastimado en el pasado. El proceso para obtener una orden de restricción varía según el estado, pero en general las órdenes de restricción prohíben al acusado, la persona a la cual se le ejecuta la orden, acercarse al hogar o lugar de trabajo de la víctima, tener comunicación oral o escrita con la víctima y a abusar o acechar a la víctima. Un juez o magistrado decide si la orden será otorgada de manera permanente o determinará por cuánto tiempo tendrá efecto. Aquel que viola los términos de una orden de restricción, sin especificaciones de la corte, o de la víctima inclusive, puede ser multado o sentenciado a pasar tiempo en prisión.

Solicitar una orden de restricción

Una persona que solicita una orden de restricción debe mencionar el abuso que ha sufrido. La víctima, la persona que solicita la orden, no puede declarar nada más que los hechos para fundamentar su caso. Se realiza una audiencia con el fin de darle al acusado la posibilidad de contar su versión de la historia. Si la corte considera que la víctima exageró la verdad, puede desestimar el caso, multar a la víctima y considerarla en desacato ante el tribunal.

Orden de restricción temporal

Una orden de restricción temporal generalmente es otorgada por el magistrado o juez de la corte sin la presencia del acusado. La orden de restricción temporal detalla qué actos el acusado puede o no haber realizado contra la víctima. Una orden de restricción temporal no tiene efecto hasta que se le comunica al acusado. Antes de que la orden sea permanente debe realizarse una audiencia.

Orden de restricción permanente

Una orden de restricción permanente se aplica después que un juez o magistrado considera necesaria una orden de este tipo ya que se ha demostrado que los incidentes mencionados por la víctima (generalmente abuso verbal, emocional y físico) son verdaderos y que la seguridad de la víctima está en riesgo. Esta orden especifica que el individuo al cual se le aplica, no puede presentarse en los lugares donde estará la víctima, como en el hogar, escuela, lugar de empleo, o cualquier residencia mencionada en la orden de restricción.

Orden de restricción por acecho

Se puede otorgar una orden de restricción por acecho que se base en que el acechador perseguía a la víctima a pie o en auto, vigilaba la víctima afuera de su lugar de trabajo u hogar, enviaba a la víctima correspondencia no deseada como cartas, correos electrónicos u hostigaba a la víctima con llamadas telefónicas. Para que la orden sea emitida, el acechador acusado debe haber realizado, con conocimiento y de manera repetitiva, estos actos mencionados anteriormente sin el consentimiento de la víctima. Una vez que se otorga una orden de restricción por acecho, el acechador debe poner fin a toda comunicación, escrita y física, con la víctima.

Orden de restricción por violencia doméstica

A diferencia de otras órdenes de protección u órdenes de restricción, existen requisitos específicos que deben cumplirse para solicitar una orden de restricción por violencia doméstica. La víctima y el acusado deben estar relacionados en alguna de las siguientes formas: ser esposo y esposa; ser pareja; ser el padre y madre de un niño; tener una relación de sangre; vivir actualmente juntos o haber vivido juntos en el pasado; ser padres de hijos adultos; ser familiares políticos, hijastros inclusive. La orden otorga a la víctima la custodia temporal de cualquier hijo de la pareja y exige que el acusado se mude del hogar inmediatamente pero que siga pagando cualquier obligación financiera. El magistrado o juez llama a una audiencia para decidir si la orden debe mantenerse y por cuánto tiempo.

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