¿Mi pago por discapacidad puede ser embargado por pensión alimenticia?

El pago por discapacidad no puede ser embargado por los acreedores comerciales, tales como las compañías de tarjetas de crédito o bancos, pero dicho pago puede ser embargado por pensión alimenticia, manutención infantil o deudas del gobierno. Sin embargo, las leyes limitan la cantidad de discapacidad que un ex cónyuge puede embargar. Los límites varían en función del tipo de discapacidad que un individuo recibe, otras responsabilidades de la persona y de la situación financiera de su ex cónyuge.

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Embargo

Los acreedores pueden pedir a un juez una orden judicial para embargar el salario de un deudor. Si el deudor recibe el pago relacionado con una discapacidad, sólo una persona que reclama la pensión alimenticia o manutención infantil puede solicitar una orden para embargar los ingresos de discapacidad, aunque el IRS u otra entidad podrán solicitar el embargo para cubrir deudas tributarias u otras deudas con el gobierno. En los casos de ingresos de discapacidad, el requerimiento se notifica al Departamento de Asuntos de Veteranos (VA, por sus siglas en inglés), la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) u otra entidad la distribución de los pagos por discapacidad al deudor. Esa entidad descuenta un porcentaje del cheque de los beneficios de la persona hasta que la orden expira.

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Pensión alimenticia

En un acuerdo prenupcial o en un divorcio, uno de los cónyuges puede obligar al otro para acordar pagar la pensión alimenticia de manera regular por una cantidad determinada de tiempo, siempre que el cónyuge recibe los pagos se rigen por las condiciones del acuerdo de pensión alimenticia. La pensión alimenticia en general, proporciona apoyo a un cónyuge financieramente menos seguro que el otro, y como resultado, la ley de Estados Unidos incluye protecciones para ayudar a los ex cónyuges a recibir pensión alimenticia. Sin embargo, los acuerdos de divorcio son a menudo específicos para las dos personas involucradas, y cualquier persona en un caso de pensión alimenticia debe considerar hablar con un abogado.

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Ingreso por discapacidad

Los ingresos por incapacidad pueden provenir de muchas fuentes. El VA y SSA son los mayores contribuyentes de ingresos por incapacidad, pero los empleadores y los seguros también pueden proporcionar ingresos a los trabajadores con discapacidad. Mientras que los acreedores comerciales no pueden embargar más del 25 por ciento de los ingresos de una persona, un ex cónyuge que reclama la pensión alimenticia puede embargar hasta un 65 por ciento, siempre y cuando dicho importe no reduzca el ingreso semanal de la persona menor a 30 veces el salario mínimo federal. Un cónyuge puede embargar el 50 por ciento si el otro cónyuge tiene dependientes, el 60 por ciento si no los tiene y el 65 por ciento si no hay familiares a cargo y los pagos de pensión alimenticia tienen 12 o más semanas de retraso.

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Dificultades

Las personas con discapacidad pueden apelar a un juez en base a sus dificultades. Una persona puede tratar de probar que una orden de embargo representa una dificultad y que la orden debe ser reducida. Por ejemplo, una persona puede demostrar que un embargo la dejaría sin los fondos necesarios para los gastos médicos o gastos asociados a una discapacidad, como los elevados pagos de automóviles para un coche personalizado o los altos costos de comestibles para las necesidades dietéticas. Las decisiones difíciles son subjetivas, y el juez tiene una considerable discreción para decidir lo que constituye una dificultad para cualquiera de los cónyuges.

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