Altura de instalación sobre el piso de urinarios

Los urinarios deben estar a la altura correcta para un uso apropiado.

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La mayoría de las residencias privadas usan inodoros en lugar de urinarios porque los primeros pueden prestar ambos servicios y eliminan residuos líquidos y sólidos. Pero los urinarios son comunes en los baños públicos para hombres porque los mismos pueden ser utilizados para eliminar rápidamente los residuos líquidos. Estos ocupan menos espacio que un inodoro. Requieren de una instalación apropiada para su empleo correcto.

Orígenes

Antes del establecimiento del Consejo Internacional de Códigos en 1994, un revoltijo de regulaciones controlaba la instalación de urinarios a lo largo de Estados Unidos. Un fontanero que aprendiera cómo instalar estos elementos fijos de acuerdo a los códigos estipulados en una parte del país, podría tener que aprender toda una nueva serie de requerimientos cuando hiciera lo mismo en algún otro lugar. El Código Internacional de Construcción, o IBC (por sus siglas en inglés), estandarizó las reglas que en ocasiones resultaban conflictivas para asegurar que todos los urinarios fueran igualmente útiles y durables, sin importar donde estuvieran. Casi todos los municipios y estados instauraron este código con tan sólo algunas modificaciones menores.

Principios básicos

De acuerdo al IBC, los urinarios tienen que ser de tipo de pedestal o para colgar en la pared. Sin importar el tamaño, estos tienen que instalarse de tal manera que el borde esté a una altura máxima de 17 pulgadas (43,18 cm) por encima del piso. El Consejo Internacional de Fontanería, o IPC (por sus siglas en inglés), el cual también es controlado por el Consejo Internacional de Códigos, especifica que se debe impermeabilizar el espacio de la pared y el piso por lo menos dos pies (60,96 cm) en frente del borde del urinario, cuatro pies (1,22 m) por encima del piso y cuando menos 2 pies a cada lado del urinario. El material utilizado para este requerimiento debe ser liso, no absorbente y fácil de limpiar.

Divisiones

No todas las jurisdicciones exigen que haya divisiones que provean privacidad entre los urinarios. Aquellas que sí lo hacen, sin embargo, generalmente siguen las reglas especificadas por el IBC. Dichas paredes deben elevarse entre 12 y 60 pulgadas (30,48 y 152,4 cm) por encima de los acabados de la superficie del suelo. Las mismas deben extenderse por lo menos 18 pulgadas (45,72 cm) contadas a partir de la pared a cada lado del urinario o cuando menos seis pulgadas (15,24 cm) más allá de la parte más sobresaliente del borde del urinario, cualquiera que sea la distancia más grande. Este código de construcción no exige que haya divisiones en cuartos de baño para un solo ocupante, de uso familiar o para empleo asistido que tengan puertas con seguro.

La ADA

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) asegura que los individuos discapacitados, tales como aquellos que dependen de sillas de ruedas, puedan usar los urinarios de forma independiente. Dicha ley basa sus códigos en aquellos emitidos por el Consejo Internacional de Códigos, pero a menudo incluye modificaciones o especificaciones adicionales. La ADA especifica que los urinarios de tipo pedestal o para colgar en la pared son permitidos. Estos requieren una instalación con el borde a una altura máxima de 17 pulgadas (43,18 cm) por encima del piso. (Todos estos requerimientos son idénticos a los del IBC.) Pero el mismo tiene requerimientos extra para los urinarios que especifican que deben tener por lo menos 13,5 pulgadas (34,29 cm) de profundidad, medidas desde el borde hasta la parte posterior del elemento fijo.

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